| ¿Sabías que...? |
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Sobre productos de software. Según lo establecido en la Disposición adicional única del RD 1720/2007, de 21 de diciembre, "Los productos de software destinados al tratamiento automatizado de datos personales deberán incluir en su descripción técnica el nivel de seguridad, básico, medio o alto, que permitan alcanzar de acuerdo con lo establecido en el título VIII de este reglamento". |